martes, 15 de enero de 2013

Equidad♥

La equidad (del latín "aequitas", de "aequus", igual; del griego "͗επιεικεία", virtud de la justicia del caso en concreto), según la definición de la Real Academia Española, la cual posee diferentes definiciones que aquí se le muestran a continuación:
  • El género,sea hombre o mujer no tiene importancia, ya que tanto el hombre y la mujer son capaces de hacer las mismas tareas, porque los dos tienen el mismo nivel de inteligencia y en una sociedad de equidad no hay nada plasmado que diga que la mujer esta destinada a hacer ciertas tareas o que el hombre tiene la capacidad de hacer también ciertas tareas, en una sociedad con equidad no importa sexo, raza o religión para llevar a cabo algún deseo.
  • Bondadosa templanza habitual. Propensión a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley.
  • Justicia natural, por oposición a la letra de la ley positiva.
  • Moderación en el precio de las cosas, o en las condiciones de los contratos.
  • Disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merece.Este ideal está íntimamente enlazado con el precepto exclusivamente jurídico de Ulpiano en sus "Tria Praecepta Iuris" (tres principios del derecho), el suum cuique tribuere (dar a cada uno lo suyo).
Al margen de la RAE, existen autores que sostienen que significa benevolencia en la aplicación de consecuencias jurídicas


    

                                                                                            


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